CÓMO APRENDÍ A DEJAR DE PREOCUPARME Y AMAR LAS SUBIDAS DE IMPUESTOS (*)



La medida más llamativa y comentada que recoge el Real Decreto Ley 20/2011 (http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/31/pdfs/BOE-A-2011-20638.pdf), es la subida del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas mediante el establecimiento del denominado “Recargo temporal de solidaridad”. El recargo sobre los tipos impositivos ya existentes se ha establecido según la siguiente escala:







El único punto que podría justificar la subida efectuada se centraría en la magnitud del déficit público y en el calendario concreto de pagos de la deuda pública previsto para el año 2012 (http://www.elconfidencial.com/economia/2012/01/10/abril-julio-y-octubre-los-tres-meses-mas-peligrosos-para-el-tesoro-por-sus-vencimientos-90630/), aparte de que la alternativa de subir el IVA se ve entorpecida por las posibles reformas a llevar a cabo en relación al no devengo de IVA por facturas no cobradas y la compensación de deudas de Administraciones Públicas (http://www.cotizalia.com/opinion/valor-anadido/2012/01/11/no-teman-el-iva-es-un-carajal-intocable-a-dia-de-hoy-6487/). La cuestión de la atención del déficit como motivo de peso para subir los impuestos y, en concreto, el IRPF, en vez del IVA, no es baladí: hay que tener en cuenta que los efectos de la subida del IRPF se dejarán notar en la recaudación a partir del momento en que se abonen a la Hacienda Pública las mayores retenciones efectuadas en las nóminas del mes de enero. Si se hubiera subido el IVA, sólo en febrero hubieran liquidado el impuesto las grandes empresas y en abril el resto de obligados por este tributo. Es evidente que con la opción elegida se alivian con mayor antelación las tensiones de tesorería de la Hacienda Pública.


Salvo por dicho aspecto (del que carecemos, en mi opinión, de toda la información relevante), esta subida es negativa desde diversos puntos de vista.

1.- Efecto de las medidas imprevistas.- Arthur Okun, presidente del Consejo de Asesores Económicos de Estados Unidos entre 1968 y 1969, enunció un postulado intuitivo que vino a denominar “teoría del cubo de agua”. La misma venía a decir que la riqueza generada por una economía podía representarse como el agua que hay en un cubo. Si dicho cubo es sometido a movimientos bruscos, seguramente se derramará agua (es decir, riqueza). Por tanto, esta teoría vendría a enseñarnos que una política económica con giros imprevistos y medidas inesperadas acaba provocando una reducción de la riqueza creada por un país. Probablemente (y esto ya lo digo yo) porque la ausencia de un mínimo grado de certidumbre provoca una retracción en las decisiones de consumo e inversión y, en consecuencia, en las posibilidades de incremento del PIB. La subida del IRPF efectuada por el nuevo Gobierno, la cual no entraba dentro de las expectativas de los distintos agentes económicos, no puede redundar, bajo este criterio, en un mayor crecimiento a partir de un entorno más despejado de dudas sino, posiblemente, en todo lo contrario.


2.- Gestión de la política macroeconómica.- Sabemos, al menos desde que José interpretó el sueño del Faraón sobre las vacas gordas y las vacas flacas (Génesis, 41, 1-57), que la actividad económica es siempre cíclica. A épocas de auge, le suceden épocas de recesión. Al momento de mayor crecimiento en la fase de expansión, se le denomina techo del ciclo. Al momento de menor producción en la fase bajista, se le denomina suelo. Una política macroeconómica correcta consistiría en minimizar la distancia entre el techo y el suelo del ciclo económico. Expresándolo visualmente, se trataría de que, en vez de que el PIB discurriera según la línea azul del gráfico adjunto, evolucionara según la línea roja, es decir, por una senda más suave.









El “Recargo temporal de solidaridad”, en vez de suavizar el ciclo económico, lo que provoca es que el mismo sea más pronunciado. Ahonda la recesión al entrar en vigor la subida y, si como se ha dicho, se elimina el mismo cuando la economía se recupere, se estimulará al alza el crecimiento. Es decir, la línea roja (evolución del PIB tras la aplicación de las medidas de política macroeconómica) pasa a oscilar más que la línea azul (evolución del PIB si no se adoptaran dichas medidas), que es lo contrario que debe suceder con un conjunto sano y equilibrado de medidas.





Tampoco este criterio ayuda a alabar la decisión adoptada. Podríamos considerar, desde esta perspectiva, qué sucedería si, en vez de esta subida, se hubiera procedido a una subida del IVA. Dicha subida tendría su lógica ya que, en términos generales, los tipos en España son inferiores a los de la media de la Unión Europea, tal como se refleja en el siguiente gráfico (extraído de un documento de la consultora PricewaterhouseCoopers: http://www.pwc.es/es_ES/es/sala-prensa/assets/guia-iva-241110.pdf):






Una subida del IVA hubiera ayudado a equiparar este impuesto con los tipos disponibles en la UE. Su mantenimiento en la fase alcista del ciclo no provocaría una sobrerreacción del crecimiento cuando llegara dicha fase, por lo que, desde el punto de vista de los objetivos a conseguir con una  adecuada gestión de la política macroeconómica, hubiera sido una decisión más acertada.

3.- Carácter desigual del IRPF en función del tipo de rentas.- Aunque se ha defendido que la medida adoptada ayuda a una mayor progresividad del impuesto y, en consecuencia, a una mayor equidad, esta afirmación hay que someterla a muchísimas matizaciones en función de las rentas sobre las que recae, fundamentalmente, el IRPF. Según un estudio publicado por el Instituto de Estudios Fiscales, cuyos autores son Fidel Picos Sánchez, César Pérez López y María del Carmen González Queija, titulado La muestra de declarantes de IRPF en 2007: Descripción general y principales magnitudes (http://www.ief.es/documentos/recursos/publicaciones/documentos_trabajo/2011_01.pdf), el 79,14% de los rendimientos netos declarados corresponden a rentas del trabajo. Para constatar lo anómalo de la cifra, sólo hay que ir a los datos del INE y comprobar que, en ese mismo año 2007, la remuneración de asalariados significaba el 47,7% del PIB. La brecha entre el  peso real de los salarios y su contribución al IRPF muestra con claridad que este tributo, más que gravar todo tipo de rentas, grava básicamente las rentas que puede controlar. Por tanto, un aumento de los tipos de este impuesto centrado en los tramos más altos de base liquidable, más que aumentar la equidad global del sistema lo que hace es aumentar la imposición sobre las rentas salariales más elevadas. Hay que observar que las grandes fortunas suelen canalizar sus patrimonios a través de las llamadas Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAVs), cuya operativa acaba permitiendo una tributación del 1% sobre los beneficios (http://www.sicav.com.es/). Dicho régimen no ha sufrido modificación alguna, por lo que la subida de impuestos aprobada no le afecta en absoluto. Por ello, comentar que “pagarán más lo que más tienen” con la medida adoptada no deja de ser una colosal inexactitud. Con la situación expuesta, los argumentos contrarios a una subida del IVA por razones de equidad pierden peso de una manera clara. Tal como se ha diseñado la elevación de impuestos, el reparto de la carga adicional va a centrarse, como hemos dicho, en los niveles salariales más altos y en quienes perciben intereses de depósitos bancarios (es decir, en aquellos que, en virtud de las retenciones efectuadas sobre dichas figuras, no pueden escapar de la detección del fisco), pero muchas rentas sobre las que la Hacienda Pública carece de mecanismos de control efectivos van a quedar liberadas de la subida. Por ello, aunque en principio una subida del IVA pudiera parecer más injusta (ya que, como se argumenta tradicionalmente, recae sobre el gasto, el cual ocupa un mayor porcentaje de las rentas más bajas), a efectos prácticos hubiera sido más equitativa ya que las rentas fuera de control hubiesen tributado en el momento de ser gastadas. Adicionalmente, un riesgo potencial que existe es que, al centrar la subida en un grupo cuyo nivel de consumo se ha resentido menos que la media, decida reducir el mismo, con unos efectos contractivos sobre la economía que pueden llegar a ser muy peligrosos.

4.- Alejamiento del modelo hacia el que el IRPF debería tender.- Si en la anterior entrada comentábamos la habilidad que debía tener el Gobierno para salvar los riesgos existentes en las distancias cortas sin perder de vista los problemas a resolver en las distancias largas, la subida de impuestos efectuada lo sacrifica todo al corto plazo, alejando al IRPF del modelo deseable que debería tener a largo plazo. Hay que tener en cuenta que, antes de la reforma fiscal de 1978, España conservaba, en esencia, el sistema de impuestos de producto, que tiene su origen en la Revolución Francesa y que fue implantando en nuestro país en virtud de la reforma Mon-Santillán del año 1845. Este sistema grava las rentas en su origen, lo cual tiende a provocar distintas formas de tributación a rendimientos de similar cuantía (lo cual se acaba convirtiendo en un medio para que distintos grupos de presión consigan un trato fiscal privilegiado) y dificulta la tributación por igual de toda la ciudadanía. Con la reforma fiscal de 1978, aunque se implanta el sistema fiscal moderno de tributación personal, que, al contrario que al anterior, grava las rentas en el momento en que confluyen en una persona física o jurídica y tiende a la progresividad, es decir, mayores tipos para los escalones más altos de renta. Lo paradójico de la situación desde entonces es que hemos logrado  aunar los aspectos negativos de ambos sistemas fiscales: del sistema de impuestos de producto, un IRPF con regímenes tributarios fragmentados según el tipo de renta (rendimientos salariales, rendimientos de actividades empresariales y profesionales, rendimientos del ahorro, incrementos patrimoniales…) con amplias bolsas de fraude en determinados grupos de rendimientos; del sistema de impuestos personales, una creciente complejidad con el fin de paliar los efectos negativos e indeseados de la progresividad (sobretributación de rentas no regulares en el tiempo, desincentivos al trabajo, al ahorro y la inversión…).  Todos los grandes informes de reforma de los sistemas fiscales (Informe Neumark, para la Comunidad Europea, de 1962; Informe Carter, para Canadá, de 1966; Informe Meade, para el Reino Unido, 1978; Informe Bradford, para Estados Unidos, de 1986) tienden a coincidir en defender un concepto extensivo de renta personal a la hora de la tributación (sin hacer distinciones entre las distintas fuentes de renta) con la contrapartida de unos tipos impositivos inferiores que, además, suavicen la progresividad y (aunque en este punto hay algunas diferencias en las que aquí no podemos ahora entrar) tiendan a ser coincidentes con los aplicables al Impuesto de Sociedades (o lo más próximos posibles), con el fin todo ello de que la fiscalidad sea neutral tanto en relación a los distintos tipos de rendimiento como en relación a que la actividad empresarial se canalice vía persona física o vía persona jurídica. Este camino supone una enorme simplificación del marco fiscal y una mayor certidumbre sobre la carga fiscal que conlleva un determinado nivel de renta. La subida de impuestos efectuada va en contra de esa línea, la cual ayudaría a la transparencia y a reducir los costes de gestión del impuesto.

En resumen, salvo por la cuestión de la presión generada por el déficit público, la subida de impuestos efectuada es negativa bajo todos los puntos de vista. No sé si habrán visto una viñeta de Mafalda, donde esta pregunta a unos obreros que salen de una zanja: “¿Qué?¿Buscando las raíces del problema nacional?”. Uno de los obreros responde: “No. Reparando una avería en las tuberías del gas”. Mafalda, entonces, viene a reflexionar (más o menos): “Como siempre, lo urgente no deja tiempo para lo importante”. Pues eso.


(*) El título de esta entrada es una variación del original del de la película de Stanley Kubrick, Dr. Strangelove: or How I Learned to Stop Worrying and Love the Bomb (1964), que en España se llamó ¿Teléfono rojo?, volamos hacia Moscú.

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