ALLEGRO, MA NON TROPPO




 
En el Consejo de Ministros del pasado 3 de febrero se ha aprobado la reforma del sistema financiero, medida que era considerada como una pieza fundamental para conseguir el saneamiento del mismo y el desbloque del crédito (pueden acceder al Decreto-Ley aprobado en el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/04/pdfs/BOE-A-2012-1674.pdf).

Desde el Gobierno se dice que es la reforma definitiva para que las entidades financieras saneen sus balances. Es posible que sea así. De hecho, cabe decir (parafraseando a Mark Twain), que diseñar la reforma definitiva del sistema financiero no ha de ser muy complicado: ya llevamos al menos diez en los últimos 4 años. Recapitulemos:

REFORMA 1: 8 de abril de 2008: El ICO amplía el volumen de crédito que pone a disposición del sector empresarial para acometer inversiones, debido a las dificultades que el mismo tenía para acceder al crédito de las entidades financieras. El objetivo era reactivar el sector de construcción (sic). (Pueden ver más información en el siguiente enlace: http://www.libertaddigital.com/economia/el-ico-acudira-al-rescate-de-las-inmobiliarias-1276327595/).

REFORMA 2: 10 de septiembre de 2008: El Presidente del Gobierno anuncia que el ICO pondrá en marcha una nueva línea de mediación, dotada inicialmente con 3.000 millones de euros, que permitirá a los promotores inmobiliarios ampliar los plazos de sus préstamos para construcción de viviendas a cambio de que pongan éstas en el mercado de alquiler durante un determinado período de tiempo (http://www.cotizalia.com/cache/2008/09/10/noticias_52_zapatero_anuncia_destinara_millones.html).

REFORMA 3: 10 de octubre de 2008: El Gobierno aprueba la creación del llamado Fondo de Adquisición de Activos Financieros (FAAF) –con el fin de proporcionar liquidez a las entidades financieras- y la ampliación de la garantía mínima de los depósitos bancarios de 20.000 euros a 100.000 euros por titular y entidad (http://www.cotizalia.com/cache/2008/10/10/noticias_96_gobierno_aprueba_ampliar_fondo_adquisicion.html). Adicionalmente, para ayudar igualmente a la financiación de las entidades bancarias, se autorizó que sus emisiones pudieran contar con el aval del Estado (http://www.cotizalia.com/cache/2008/10/14/noticias_52_entidades_pueden_pedir_estado_avales.html).

REFORMA 4: 13 de noviembre de 2008: Aprobación de nuevas líneas para el ICO por importe de 29.000 millones de euros, destinados, teóricamente, para PYMEs solventes que no conseguían financiación de las entidades bancarias (http://www.cotizalia.com/cache/2008/11/13/noticias_40_gobierno_manos_pymes.html). Resultaba chocante porque el objetivo final de la REFORMA 3 era, precisamente, conseguir la reactivación del crédito, pero, en fin, igual se trataba de reforzar sus efectos…

Después de estas cuatro primeras reformas “definitivas”, que, presuntamente, iban a acabar con los problemas originados por la interrupción de los flujos de crédito, la coyuntura no mejoró, tampoco se estabilizó, sino que empeoró ostensiblemente. Así, el 29 de marzo de 2009 se produjo la intervención de Caja Castilla La Mancha por parte del Banco de España (http://www.cotizalia.com/cache/2009/03/29/noticias_96_banco_espana_interviene_castillala_mancha.html), el 27 de mayo de 2009 era ya un hervidero de rumores sobre fusiones entre Cajas de Ahorros con el fin de solventar los problemas que les afectaban (pueden ver http://www.cotizalia.com/cache/2009/05/27/noticias_13_montilla_precipita_fusiones_cajas_catalanas_evitar_injerencia.html y http://www.libertaddigital.com/economia/cataluna-y-andalucia-aceleran-la-fusion-de-sus-respectivas-cajas-de-ahorros-1276360521/) y, finalmente, la entonces Ministra de Economía, Elena Salgado afirmó, con fecha 30 de mayo de 2009, que “puede que las cajas deban reforzarse a medio plazo”(http://www.cotizalia.com/cache/2009/05/30/noticias_69_elena_salgado_afirma_cajas.html). Sí, efectivamente, así iba a ser… De este modo, las reformas continuaron…

REFORMA 5: 9 de junio de 2009: El Gobierno anuncia la creación del Fondo de Reestructuración y Ordenación Bancaria (FROB), con el fin de capitalizar las entidades cuyos recursos propios han resultado más dañados por los efectos de la crisis (http://www.cotizalia.com/cache/2009/06/09/noticias_0_salgado_fondo_ayuda_banca_aprobara.html).


En realidad, el Gobierno y el Banco de España no pensaban que con esta última reforma, por sí sola, fueran a resolverse los problemas que acuciaban al sistema financiero, sobre todo porque la falta de expectativas de recuperación económica inducía a pensar que la tasa de morosidad iba a seguir subiendo sustancialmente, por lo que se empezó a promover un proceso de fusión entre Cajas de Ahorros (entidades más afectadas por la crisis) para que las Cajas con más problemas fueran absorbidas por la Cajas sanas, proporcionando el FROB los recursos complementarios necesarios. Sin embargo, debido al marco institucional en que operaban las Cajas (con un fuerte peso de los poderes políticos locales, que se resistían a perder la capacidad de influencia que estas entidades les proporcionaba), las fusiones empezaron a llevarse a cabo con exasperante lentitud. Para el 26 de enero de 2010, el Banco de España empezaba a estar preocupado (http://www.cotizalia.com/en-exclusiva/20100126-fusiones-cajas-ordonez-solvencia-intervencion.html ). Mientras tanto, se seguían poniendo parches…

REFORMA 6: 9 de abril de 2010: Dentro de un conjunto más amplio de medidas, el Gobierno incluye un apartado titulado “Fortalecimiento del sistema financiero”, que recogía tres decisiones: clarificación del régimen aplicable a los Sistemas Institucionales de Protección (SIP) –mecanismo que estaban utilizando las Cajas y que significaba algo así como una fusión a medias: las Entidades consolidaban sus balances pero cada una de ellas mantenía su personalidad jurídica-, agilización de las actuaciones del FROB y una cuestión más técnica consistente en que los fondos de titulización pudieran convertirse en titulares de inmuebles. (http://www.cotizalia.com/noticias/gobierno-aprueba-medidas-anticrisis-impulsar-recuperacion-20100409.html).

A partir de este momento, y tras la intervención de Cajasur por el Banco de España el 22 de mayo de 2010 (http://www.elmundo.es/mundodinero/2010/05/22/economia/1274484634.html), se aceleran los procesos de fusión entre Cajas de Ahorros, sobre todo bajo la modalidad de SIP antes mencionada  (http://www.libertaddigital.com/economia/el-sip-cajamadrid-bancaja-forma-la-caja-mas-grande-de-espana-1276396698/), de forma que, a 5 de julio de 2010, el mapa de las Cajas se había reducido a 12 grupos. Se seguía sin proceder a un saneamiento global del sistema, pero se continuaba pensando que, procediendo a la absorción de las entidades en peor situación por las entidades en situación más satisfactoria, se podían ir solucionando los problemas. No fue así…

REFORMA 7: 8 de julio de 2010: Se aprueba una reforma “urgente” y “amplia” de las Cajas de Ahorros (http://www.cotizalia.com/noticias/gobierno-politicos-cajas-ahorros-20100709-54923.html).  Dicha reforma cubría tres frentes: en primer lugar, se decidió que las SIP creadas tras la fusiones serían bancos, con el Banco de España como único órgano supervisor y, por  tanto, excluyendo a las Comunidades Autónomas de su papel de co-supervisoras de dichas entidades (en la práctica, esto suponía el fin del modelo de Cajas de Ahorros que era tradicional en España y abría paso a su privatización: http://www.libertaddigital.com/economia/el-gobierno-aprueba-la-reforma-para-privatizar-las-cajas-de-ahorro-1276397000/); en segundo lugar, en un plazo de tres años, los cargos políticos electos debían abandonar los órganos de gobierno de las entidades; en tercer lugar, se flexibilizaba la emisión de las denominadas “cuotas participativas” (un instrumento financiero poco utilizado hasta entonces, cuya función era captar recursos propios para las Cajas –con un límite del 50% del patrimonio de la entidad-, en la medida en que éstas no podían emitir acciones), de forma que, en relación a la regulación previa, las mismas podían pasar a incorporar derechos de voto en las Asambleas de las entidades y un único inversor podía llegar a tener más del 5% de las cuotas emitidas. La cuestión de las cuotas participativas tiene su importancia porque es evidente que la información suministrada al público, tanto a raíz de esta nueva regulación como con anterioridad, sobre el carácter de las mismas ha sido claramente deficiente, de forma que han sido comercializadas como si fueran plazos fijos (acogidos al Fondo de Garantía de Depósitos) cuando, en realidad, venían a ser como acciones y, por tanto, estaban sometidas a los riesgos asociados a la evolución de la solvencia de las entidades. Posteriormente, veremos la importancia de este hecho.

Esta reforma fue muy oportuna porque, con fecha de 23 de julio de 2010, se publicaron los denominados test de estrés de la banca europea y, en ellos, de los 8 bancos que suspenden en toda la Unión, cinco son Cajas de Ahorros españolas (Caixa Catalunya-Tarragona-Manresa, Caja Navarra-Caja Canarias-Caja Burgos, Unnim, Cajasur y Caja Duero-Caja España), con lo que la aprobación de la nueva normativa fue una magnífica excusa para decir que todo estaba bajo control (http://www.elmundo.es/mundodinero/2010/07/23/economia/1279902131.html).

REFORMA 8: 24 de enero de 2011: Se anuncia que se ha acabado la paciencia: el Gobierno nacionalizará en septiembre aquellas entidades que no alcancen un 8% en la ratio denominada core capital (porcentaje de capital y reservas sobre activos totales ajustados). Hasta entonces, las entidades que no cumplan con dicha ratio deberán allegar recursos propios suficientes si no quieren ser intervenidas (http://www.cotizalia.com/noticias/2011/estado-nacionalizara-cajas-cumplan-ratios-solvencia-20110124-64171.html).

A raíz de esta decisión, se produce la salida a bolsa del grupo liderado por Caja Madrid, la actual Bankia, (http://www.elconfidencial.com/en-exclusiva/2011/bankia-perdidas-bolsa-rato-20110630-80789.html) y Banca Cívica –grupo formado por Caja Navarra, Caja Canarias, Caja Burgos y Cajasol– (http://www.cotizalia.com/en-exclusiva/2011/principales-riesgos-litigios-banca-civica-20110630-70667.html), respectivamente, con el fin de lograr una capitalización adecuada.

El 15 de julio de 2011, se publican los nuevos test de estrés de la banca europea. Nuevamente 8 bancos a nivel continental fallan en su volumen de recursos propios y, nuevamente, cinco son entidades españolas: Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), Banco Pastor, Caja3 (unión de CAI, Caja Círculo y Caja Badajoz), Unnim y CatalunyaCaixa (http://www.elmundo.es/elmundo/2011/07/15/economia/1310746225.html). No obstante, se defiende que, con el proceso de capitalización que se está ejecutando,  ninguna entidad va a tener problemas. Así lo dice el Banco de España en una nota pública que pueden ver en este enlace: http://www.bde.es/webbde/es/secciones/prensa/Notas_Informativ/anoactual/presbe2011_28.pdf.

Siete días, (repito, siete días), siguió siendo válida afirmación tan rimbombante. El día 22 de julio de 2011, el Banco de España se ve obligado a intervenir la CAM (http://www.elmundo.es/elmundo/2011/07/22/economia/1311353353.html). Una de las consecuencias de dicha intervención ha sido que, quienes suscribieron las cuotas participativas antes mencionadas de esta Caja de Ahorros, corren el riesgo de perder toda su inversión (http://www.elconfidencial.com/economia/2011/12/06/atrapados-en-la-caja-las-cuotas-de-la-cam-no-cobraran-nunca-mas-dividendo-87726/). Una muestra de quién acaba pagando las consecuencias de tanta improvisación…

Algo más tarde, el 9 de septiembre de 2011, se produjo, como consecuencia de la REFORMA 8, la intervención de Novacaixagalicia, Unnim y Catalunya Caixa (http://www.libremercado.com/2011-09-09/el-estado-entrara-en-novacaixa-unnim-y-catalunya-1276434826/).

REFORMA 9: 27 de octubre de 2011: En este caso, las medidas proceden del Consejo Europeo celebrado en Bruselas, que acuerda elevar el nivel de capital de toda la banca europea. Para las entidades españolas, ello supondrá tener que recabar 17.000 millones de euros adicionales en recursos propios (http://www.elmundo.es/elmundo/2011/10/27/economia/1319679860.html).

Y, así, hemos llegado hasta la décima reforma definitiva, esta vez aprobada por el nuevo Gobierno del Partido Popular. Siempre hemos defendido en este blog que, para resolver los problemas que aquejan al sistema financiero español, es necesario afrontar, simultáneamente, dos problemas diferentes: la solvencia de las entidades y su liquidez, entendiendo este último concepto como la generación de recursos disponibles derivada de la liquidación regular de operaciones de préstamo que figuran en los balances de los bancos. Esto último tiene una gran importancia porque si sólo se ataca la cuestión de la solvencia, las entidades quedarán bien capitalizadas pero la presencia de activos que no se liquidan (básicamente, inmuebles) provocará que no se restablezcan los flujos normales de crédito, seguirá el estancamiento de la economía y seguirá subiendo la morosidad, debiendo afrontar nuevas operaciones de recuperación de la solvencia. (Por ello, hemos defendido la idea del “banco malo”, ya que sería la manera más rápida de resolver dicho problema).

El Decreto-Ley 2/2012 hace frente al problema de la solvencia obligando a las entidades a nuevas provisiones y dotaciones de capital por un importe de 50.000 millones de euros, sin que se destinen recursos públicos para tal fin (http://www.libertaddigital.com/documentos/reforma-del-sistema-financiero-espanol-41912483.html). Este importe deberá ser cubierto antes del 31 de diciembre de 2012 y su composición estaría integrada por las siguientes partidas:

A.- PARTIDAS ASOCIADAS CON ACTIVOS PROBLEMÁTICOS

A.1.- PROVISIÓN ESPECÍFICA.- Se exige una dotación extraordinaria de provisiones, con cargo a resultados, por un importe aproximado de 25.000 millones de euros.

A.2.- COLCHÓN DE CAPITAL.- Por un importe de 15.000 millones de euros, se constituirá un colchón de capital equivalente a la suma del 20% de suelo y el 15% de la promoción en curso, correspondiente en ambos casos a activos con gran incertidumbre sobre su valoración.

B.- PARTIDAS ASOCIADAS CON ACTIVOS NO PROBLEMÁTICOS

B.1.- PROVISIÓN GENÉRICA.- Por un importe aproximado de 10.000 millones de euros, y con cargo a resultados, se dotará una provisión equivalente al 7% de los activos ligados a la promoción inmobiliaria que no se encuentran en situación problemática, para compensar el mayor riesgo (sobre todo, en las circunstancias actuales) de este tipo de operaciones.

Tras la constitución de estas partidas, quedarán cubiertos el 80% del suelo en situación problemática,  el 65% de las promociones inmobiliarias en curso en situación problemática y el 35% para el resto de activos problemáticos (promociones terminadas, viviendas…).

En relación a la liquidez, la solución que está implícita en el conjunto de medidas diseñadas es que los valores en balance de los activos inmobiliarios en manos de los bancos se habrán ajustado a los valores de mercado, por los que los mismos podrán ser puestos en venta a unos precios realistas. Esta opción sería más lenta que la del “banco malo” y existen sombras sobre su eficacia. De hecho, hoy mismo hay una noticia en www.elmundo.es donde las grandes inmobiliarias dudan de la capacidad de los jóvenes para adquirir pisos (http://www.elmundo.es/elmundo/2012/02/09/suvivienda/1328787067.html), lo cual siembra sospechas sobre el éxito de la medida. Lo que sí es cierto es que, posiblemente, la situación de las arcas públicas impide llevar a cabo la opción del “banco malo”, por lo que se ha optado por el menor de los males.

A medio plazo, hay dos aspectos a considerar:

1.- Por un lado, la tendencia va a ser la de la constitución (por medio, básicamente, de fusiones), de entidades bancarias de mayor dimensión, de forma que el número de las que integran nuestro sistema financiero va a descender radicalmente y las que permanezcan van a seguir el modelo de banca universal (realización, sin discriminación, de todo tipo de operaciones). En el Reino Unido, por ejemplo, la reforma tiene como objetivo limitar el tamaño de las entidades y compartimentar las actividades que distintos tipos de entidades pueden realizar. Este último modelo hace posible que sea más fácil rescatar entidades con problemas. Un reducido número de entidades no garantiza necesariamente la solvencia de las mismas. En Islandia, sólo había tres bancos y los tres quebraron, por lo que esta opción no parece forzosamente óptima.

2.- Por otro lado, siguen sin tomarse medidas destinadas a evitar que se reproduzca una burbuja como la generada desde mediados de los 90. Habría que limitar las posibilidades de titulización de activos por parte de las entidades, limitar el porcentaje medio de cuantía de los préstamos hipotecarios sobre los valores de tasación, depurar los procedimientos de cálculo de las sociedades tasadoras, penalizar las operaciones hipotecarias de mayor riesgo (préstamos sobre suelo, promociones de viviendas de segunda residencia…).

Sobre otra medida complementaria, relativa a limitar los sueldos de los directivos de las entidades que han recibido ayudas (http://www.libremercado.com/2012-02-03/el-gobierno-recorta-el-sueldo-a-los-directivos-de-entidades-rescatadas-1276449002/), sólo cabe hacer alabanzas.

El título de esta entrada se puede traducir como “rápido, pero no demasiado” y hace referencia a una de las indicaciones que aparecen en las partituras para orientar cómo debe ser interpretada una composición musical. Por todo lo expuesto, parece que ese es el ritmo con el que se ha querido ir afrontando la reforma financiera. En mi opinión, como no pasemos al allegro, molto vivace (“muy veloz y vivaz”), la orquesta va a seguir desafinando o, lo que es peor, se va a ir pareciendo peligrosamente a la orquesta del Titanic…


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